La última reforma a la Ley de la FGR pretendía ofrecer un trato digno, tanto a las víctimas como a las personas imputadas. Sus avances están en riesgo por una nueva iniciativa que pretende abrogarla.

Editoriales | Blog «La dignidad en nuestras manos» del Plumaje de Animal Político

Web original | Imagen : CDH Vitoria

Por: Itzia Durán y Gisel Mateos

29 de enero de 2021

México continúa en una crisis de derechos humanos y acceso a la justicia debido al contexto de impunidad estructural donde persisten patrones de falta de datos confiables, escaso número de condenas, cuerpos sin identificación y fosas clandestinas.

La situación de personas periodistas y defensoras no es distinta, porque la hostilidad hacia las voces críticas y disidentes ha sido constante. Esto aunado a la negación de la participación efectiva de las víctimas y organizaciones defensoras de derechos humanos, así como a la existencia de obstáculos estructurales para la búsqueda de verdad, el acceso a la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición.

Frente a este contexto de crisis de derechos humanos, proponemos un análisis urgente sobre la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República (“Ley de la FGR”) y se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (“Ley Orgánica”), la cual fue presentada el pasado 7 de octubre. Para comprender los impactos que tendría esta iniciativa, es oportuno regresar a la raíz de la Ley Orgánica.

¿Qué se buscó con la creación de la Ley Orgánica de 2018?

En diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica. Además de autoridades, el proceso de su creación contó con la participación de diversos sectores, entre ellos academia, sociedad civil y colectivos. Así, esta ley se expidió para:

¿Qué implicaría la nueva iniciativa sobre la Ley de la FGR?

La iniciativa plantea reformas a diversos ordenamientos jurídicos, lo cual tendría impactos directos en los derechos humanos, entre ellos la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (“Ley de Desaparición”); la Ley General Para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (“Ley de Personas Periodistas y Defensoras”).

Creemos necesario abrir el diálogo y señalar algunas de las preocupaciones que se dan en torno a esta iniciativa:

Primera. Se propone que la FGR abandone los principales órganos de toma de decisiones, volviendo el papel de la Fiscalía en parte de la audiencia. Entre aquellos están la Junta de Gobierno de la Ley de Personas Periodistas y Defensoras, y el Sistema Nacional de la Ley de Desaparición.

Segunda. Sobre los derechos de las víctimas, la iniciativa propone derogar los artículos que establecen programas de protección y medidas preventivas, y sus derechos en el proceso, por ejemplo, la solicitud de remisión de la investigación y su participación activa en la misma, e igualmente la no interrupción de la investigación en materia de la Ley de Desaparición.

Tercera. Se prescinde de la colaboración como un mecanismo para la investigación, búsqueda y protección de derechos humanos en conjunto con otros países, con las comisiones nacional y locales de búsqueda y otros mecanismos de protección a derechos humanos, así como el uso de mecanismos de cooperación y la conformación de grupos de trabajo interinstitucionales y multidisciplinarios para coordinar la investigación. En cuanto a los procesos de generación y sistematización de la información, se derogan los fragmentos relacionados al manejo y creación de bases de datos, campañas informativas y asesorías.

Por estas y otras razones diversos actores se han pronunciado sobre la inminente regresividad en materia de derechos humanos de la iniciativa, la cual tendría lugar en caso de aprobarse las reformas a diversas leyes secundarias, y de abrogarse la Ley Orgánica. Por ejemplo, Guillermo Fernández-Maldonado, Representante en México de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, recordó obligaciones internacionales del Estado mexicano, enfatizando así su deber para garantizar procesos que se ajusten a las necesidades de las víctimas, como es el caso.

Por su parte, el Movimiento Nacional por Nuestros Desaparecidos en México propone al Senado de la República la construcción de un parlamento abierto u otros mecanismos que garanticen plenamente ejercicios efectivos de consulta a familiares de personas desaparecidas, y también a víctimas de otras violaciones a derechos humanos.

Finalmente, observamos con preocupación que, a poco más de dos años de la publicación de la Ley Orgánica, se discuta la posibilidad de expedir una nueva ley en un período tan corto, porque, de facto, parece que no se ha permitido consolidar la Ley Orgánica, por lo que antes de considerar su abrogación, más bien habría que pensar en cómo fortalecer la Ley Orgánica, siempre de la mano de las víctimas.

* Itzia Durán y Gisel Mateos son colaboradoras del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria O.P. A.C. (@CDHVitoria).

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