Frente a la imposición de esta Ley y al término de la discusión parlamentaria, es fundamental señalar:
1. La Ley de Seguridad Interior aprobada no respeta ni la Constitución ni los tratados internacionales; amenaza los derechos humanos; no soluciona los problemas de inseguridad; no contiene contrapesos y controles para supervisar el despliegue militar extraordinario que impulsa; eleva a rango legal una estrategia en materia de seguridad que ha fallado a la largo de la última década; y trastoca profundamente la relación cívico militar, dotando de poderes sin contrapesos al sector castrense lo que conlleva un riesgo sustantivo dada la fragilidad institucional de nuestro país.
2. El PRI y su sector aliado del PAN desoyeron al cúmulo de voces que advirtieron con argumentos sólidos y técnicos los riesgos de esta Ley. Las fundadas críticas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH); la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; los relatores especiales de la ONU; los rectores de las más connotadas universidades nacionales; organizaciones internacionales de derechos humanos como Amnistía Internacional y Human Rights Watch; especialistas en derecho y en seguridad; víctimas de violaciones a derechos humanos; artistas; organización y civiles; y más de 250,500 personas que enviaron comunicaciones externando su preocupación. Pocas veces en la historia reciente una pieza legislativa había despertado tan amplio consenso en cuanto a su rechazo y, sin embargo, el Congreso de la Unión procedió con premura e indiferencia. Peor aún, no fueron pocos las y los legisladores que incurrieron en expresiones denostativas respecto de los mecanismos internacionales de derechos humanos, propias de las más rancias visiones autoritarias.
3. El diálogo al que instó el Presidente de la República, ante la CNDH y ante la sociedad, no tuvo lugar. Las mesas que se desarrollaron en el Senado fueron un mecanismo de simulación, y no un debate real sobre el contenido de la ley. Frente a una decisión de enorme trascendencia, se impuso la premura de llevar a su término una decisión ya tomada de antemano. Es falso que se hayan escuchado todas las voces y perspectivas.
4. El Senado no introdujo cambios reales a la Minuta aprobada en la Cámara de Diputados. Los nueve artículos y un transitorio en los que se realizaron correcciones superficiales no cambian los más graves aspectos de la Ley de Seguridad Interior. Es falso que se hayan atendido las preocupaciones expresadas durante el debate.
5. La imposición de la Ley no está consumada. El Presidente de la República podría emplear su facultad de veto para detener la entrada en vigor de una norma que ha generado un rechazo unánime. Esto debería ocurrir dado que empeñó su palabra en la realización de un diálogo que no ocurrió. Ante la improbabilidad de que esto ocurra, sin embargo, es relevante señalar que deben activarse también otros mecanismos para revisar la constitucionalidad y convencionalidad de la Ley, entre otros: la minoría legislativa podría presentar una acción de inconstitucionalidad; la CNDH, en concordancia con sus posicionamientos críticos sobre la Ley, también podría presentar dicha acción; y los municipios y gobernadores que en un ejercicio de soberanía entiendan que esta Ley amenaza sus facultades, también podrían interponer una controversia constitucional. La presentación de estos mecanismos es indispensable para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)pueda analizar esta norma; la responsabilidad de la SCJN es ineludible pues como quedó de relieve en el debate en buena medida fue este tribunal, con sus fallos en la década de los noventa, el que abrió el camino a la militarización del país.
6. Pese a que la imposición de la Ley de Seguridad Interior es una imposición que socava el Estado de Derecho, la amplia oposición que se ha generado debe verse como una expresión de la creciente toma de conciencia de la sociedad mexicana sobre la necesidad de poner a revisión el fallido modelo de seguridad, desde una visión integral que incorpore también el fortalecimiento de nuestro colapsado sistema de justicia. Desde 2011, cuando irrumpió en la escena pública el Movimiento de Paz con Justicia y Dignidad, no se discutía tan ampliamente la política de seguridad que se ha seguido en la última década. Desde 2014, cuando ocurrió la hasta hoy no esclarecida desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, los mecanismos internacionales de derechos humanos no señalaban con tanta preocupación a México. La proliferación de voces que desde las más diversas perspectivas demandan una #seguridadsinguerra es sin duda un triunfo de la sociedad y en esa victoria cultural se cimentan las esperanzas que permiten transitar un día oscuro como este.
7. En la medida en que el debate sobre la Ley de Seguridad Interior ha puesto de relieve la complejidad y la hondura de nuestros problemas de seguridad, es fundamental que en el próximo proceso electoral las diversas plataformas contendientes se pronuncian explícitamente sobre sus posiciones frente a la Ley y sobre sus propuestas en materia de justicia y seguridad. En particular, para que el electorado ejerza con información su derecho a la participación, es indispensable que José Antonio Meade, Ricardo Aanaya y Andrés Manuel López Obrador y todos los candidatos y candidatas presidenciales, se pronuncien claramente sobre si en caso de acceder a la Presidencia de la República derogarían la Ley de Seguridad Interior.
La aprobación de la Ley de Seguridad Interior abona a la restauración autoritaria que se cierne sobre México. Más que nunca, es fundamental no claudicar en la defensa de nuestros derechos y demostrar, con propuestas sólidas como las que desde muchas instancias se han difundido, que una #seguridadsinguerra es posible.