Una propuesta alternativa al neoliberalismo
La teología crítica busca ayudar a visibilizar algunas de las complejidades y problemáticas que nos atraviesan y lo más difícil, encontrar líneas de acción que transformen las estructuras de violencia y desigualdad en mundos de paz.
Continúa la lucha por la defensa de San Miguelito en San Luis Potosí
La presión y las amenazas contra la comunidad de San Miguelito por la venta de sus tierras es una constante que se presenta desde el 2019, la cual ha afectado la vida cotidiana de sus habitantes.
Nuevo marco jurídico sobre pueblos indígenas
El Estado mexicano tiene una deuda histórica con los pueblos indígenas por el incumplimiento y agravio de sus derechos, es por esto que se le pide al gobierno de AMLO realizar una reforma constitucional que atienda a las peticiones y necesidades de estas comunidades.
Ley General de Aguas, ¡ya!
La Ley de Aguas Nacionales ha causado que la crisis del agua se agudice, hasta instalarse por causa de la pandemia, la sequía, y la resistencia de funcionarios de Conagua contra los compromisos presidenciales.
México y el Acuerdo de Escazú
Las últimas décadas han evidenciado los graves efectos de la crisis por el cambio climático, el cual es considerado como la mayor amenaza a la vida tal como la conocemos hasta hoy.
El reconocimiento del derecho humano a la energía eléctrica ante la pandemia
Si no hay una garantía del acceso al servicio eléctrico mediante costos justos y regulados, se obstaculiza el uso de las tecnologías necesarias para la continuación de la educación.
La Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica cumple 10 años en defensa de los derechos humanos
La Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica (ANUEE) cumple una década de reivindicar el derecho a la energía.
La lucha de la Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica
Editoriales | Columna semanal de Fr. Miguel Concha en La Jornada Web original | Imagen : Victor Manuel Chima Por: Miguel Concha Sábado 10 de octubre de 2020 La Asamblea Nacional de Usuarios de la Energía Eléctrica (Anuee) cumple hoy 10 años desde su fundación. Su nacimiento se dio poco después del decreto presidencial que dispuso en 2009 la extinción de Luz y Fuerza del Centro, de los excesivos, impositivos, arbitrarios e impagables cobros de luz en los recibos que comenzaron a recibir millones de personas por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), así como del inicio de la privatización de la industria de la energía eléctrica y la reforma energética de 2013. La asamblea ha pasado por momentos complejos: las crisis civilizatoria y de derechos humanos, el contexto de violencia estructural y sistemática, y las generalizadas violaciones a derechos fundamentales por parte de las autoridades. Se ha enfrentado igualmente a las fallas estructurales de los sistemas de administración e impartición de justicia, a la desigualdad social, a la pandemia por el Covid-19, y al desmantelamiento del sector energético. Pese a todos estos obstáculos, la lucha de la Anuee es desde 2010 hasta la fecha un rayo de esperanza que irradia la agenda de derechos humanos y los procesos de exigencia de otros sujetos, no sólo a lo largo y ancho del país, sino en otros lugares de Latinoamérica. A sabiendas de que estas líneas serán insuficientes para hablar de los numerosos aportes que la asamblea nos ha legado, resulta oportuno mencionar algunas de sus conquistas. En tanto organización social, nos ha enseñado el fuerte potencial emancipatorio y liberador de las luchas populares; de aquellas que vienen desde abajo, desde la base, reivindicando así la relevancia y trascendencia de los propios movimientos sociales y las conquistas del pueblo, en tanto mecanismos necesarios para la consolidación de la democracia. La Anuee exige a las autoridades una serie de demandas. Entre ellas están el reconocimiento de la energía eléctrica como un derecho humano, el establecimiento de una tarifa social justa y la aplicación del borrón y cuenta nueva no sólo en el estado de Tabasco, sino para todas las personas que han recibido cobros excesivos por parte de la CFE. Por otro lado, lucha además por la renacionalización de la industria eléctrica y la reversión de la reforma energética y de igual forma por el cese de la represión, por la libertad de expresión, y contra la criminalización y judicialización de la protesta social. Cabe destacar también que desde su práctica ha desarrollado una comprensión y uso alternativo, crítico y contrahegemónico de los derechos humanos. De ahí su exigencia por el reconocimiento y la constitucionalización de la energía eléctrica como un derecho humano, porque ella no es un mero servicio o mercancía lujosa que sólo puede ser adquirida por quienes tienen recursos suficientes para pagarla. Es en cambio un bien público, una condición indispensable para garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos de todas las personas a una vida digna y a una vivienda adecuada. Por lo que ninguna persona debería verse en la necesidad de elegir entre tener pan en la mesa de su casa o pagar la luz de su domicilio. En este sentido, la Anuee ha propiciado que los derechos humanos dejen de ser leídos desde interpretaciones tradicionales, como meras cualidades inherentes de todas las personas por el sólo hecho de serlo, y repensarlos y emplearlos como demandas políticas y herramientas de lucha, mediante las cuales puedan hacerse exigibles y justiciables. Entre éstas se encuentran las mesas de negociación con autoridades de diferentes dependencias del gobierno federal, los plantones, los mítines, las marchas y las movilizaciones pacíficas. También sobresalen las estrategias jurídicas y políticas, la documentación de violaciones a derechos, la presentación de iniciativas ciudadanas ante el Poder Legislativo, los procesos formativos, y la comunicación popular y estratégica. La asamblea es asimismo un polo articulador entre diversos actores sociales que promueven planes de acción conjunta, los cuales buscan incidir no sólo en sus agendas, sino también en otras, buscando siempre bienes comunes que beneficien a la sociedad. Ejemplos de ello son la llamada Legislación Popular, el Movimiento Nacional de Usuarios, las campañas nacionales y las jornadas de lucha, sólo por mencionar algunos ejemplos. Todo lo cual se realiza de la mano con otros referentes, como el Sindicato Mexicano de Electricistas; Agua para Todos; Agua para la Vida; la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores; Damnificados Unidos de la Ciudad de México; el Comité del 68, y los padres y madres de los 43 estudiantes de Ayotzinapa. Saludamos finalmente la histórica lucha de la Anuee, la cual muestra, entre otras cosas, cómo se construye y reconoce colectivamente un nuevo derecho humano, como lo es el derecho a la energía eléctrica. Y por mostrarnos su firme determinación por construir un país más digno y democrático, con justicia, paz y dignidad para todos.
Los derechos a la información y a la salud durante la pandemia
Editoriales | Columna de opinión en la Revista Contralínea Web original | Imagen : Contralínea Por: Ariadna Rosales Cabrera y Claudia Zuloaga Thomassiny 06 de octubre de 2020 Son diversos los escenarios en que los derechos fundamentales se han visto violados desde el inicio de la emergencia sanitaria provocada por la Covid-19. Las autoridades de cada Estado no estaban preparadas para hacer frente a una pandemia tan agresiva y prolongada, por lo que varias de las medidas adoptadas para evitar contagios no resultaron adecuadas. En nuestro caso, atentan contra los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los Tratados Internacionales de los que el Estado mexicano es parte, entre ellos la Convención Americana de los Derechos Humanos. Dos de los derechos que se han visto limitados y afectados por la pandemia son el derecho a la información con relación al derecho a la salud. En principio parecería que ambos no tienen relación alguna, pero atendiendo al principio de interdependencia de los derechos humanos, no se puede ejercer uno sin gozar del otro. De este modo, el derecho a la salud incluye el acceso oportuno, aceptable y asequible a la atención médica, mientras que el derecho a la información, relacionándolo con el derecho a la salud, se refiere tanto a la información pública que el Estado da a conocer a la población, así como al manejo adecuado del historial médico y a que los pacientes tengan conocimiento de su estado de salud y de los tratamientos médicos disponibles. De acuerdo con el Artículo 8 de nuestra Constitución, cuyo contenido guarda una fuerte relación con el artículo 22 de la Declaración de Bioética y Derechos Humanos, el Estado mexicano debe garantizar la transparencia en la información vinculada con la pandemia. Por ello, además de los descubrimientos médicos, tratamientos y vacunas, tenemos derecho a que en todo momento se nos informe respecto al número real de personas contagiadas y recuperadas, así como de quienes desgraciadamente han muerto. Asimismo debe haber transparencia sobre los recursos que se han destinado para atender la emergencia sanitaria. En el caso de México, el gobierno ha tratado de implementar nuevos mecanismos para proporcionar información mediante las estadísticas más recientes sobre el número de casos positivos, activos y defunciones. Sin embargo, debido al alto número de contagios en cada entidad federativa, es difícil contar con datos certeros y oportunos, por lo que en ciertos sectores queda la duda de si esas son las cifras reales, incertidumbre que se incrementa cuando existen conflictos entre gobiernos locales y el federal en torno a la información dada a conocer. Derivado de la pandemia, otro problema que se ha agravado son las fake news, que son una forma de desinformar a las personas y de crear situaciones de pánico entre ellas. Lo preocupante de esta situación es que a veces son los propias autoridades quienes brindan este tipo de contenido, el cual suele viralizarse a través de distintos medios de comunicación, principalmente en redes sociales. En este sentido, no está de más la invitación para informarnos en fuentes confiables de información. Te puede interesar: Por fake news de Covid-19, población reacciona desde emociones primitivas Ahora bien, todas las personas tienen derecho a recibir atención médica y a que se les mantenga informadas acerca de su estado de salud. Previo a los tratamientos médicos que se le van a administrar, de forma oportuna, clara y comprensible debe explicarse para qué sirven, los posibles efectos secundarios y el tiempo de reacción. Lo anterior es indispensable para que el paciente, o en caso de urgencia alguno de sus familiares, puedan ejercer su derecho al consentimiento informado mediante la toma de decisiones con respecto a su estado de salud. Por estas razones, cuando los pacientes no se encuentren en condiciones de autorizar los tratamientos médicos, lo deberán hacer sus familiares más cercanos, y los médicos habrán garantizado que la decisión que tomen sea también consciente e informada. Además, atendiendo a una recuperación integral, el Estado deberá garantizar las comunicaciones oportunas entre pacientes, personal médico y familiares. Éstos últimos, amén de tener conocimiento del estado de salud de su familiar enfermo y del tratamiento médico al que serán sometidos, también tienen derecho a que, en caso de defunción, se les garantice la devolución de sus restos mortales, con la intención de que puedan realizar ritos mortuorios conforme a sus propias tradiciones y cosmovisión, tal como lo declara la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la Resolución 4/2020: Derechos Humanos de las Personas con Covid-19. Lamentablemente, esta pandemia ha puesto en evidencia la profunda crisis de los sistemas de salud en México, lo cual, a su vez, colocó en mayor situación vulnerabilidad a diversos grupos históricamente discriminados, aunque también puso sobre las cuerdas al personal médico de primera línea, que, en medio de esta coyuntura, se convirtió en un grupo de atención prioritaria. Por ello, cabe realizar la siguiente pregunta: ¿realmente se están garantizando el goce y ejercicio pleno de los derechos a la información y a la salud? Pongamos sobre la mesa que la declaración de la emergencia sanitaria no es una “pausa” que permite al Estado incumplir con sus obligaciones generales, o bien, restringir, limitar o suspender derechos sin justificaciones razonablemente objetivas apegadas a los instrumentos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos. Así, los derechos a la información y a la salud son dos herramientas de exigibilidad y justiciabilidad ante las autoridades, en sus diferentes ámbitos y niveles de competencia, porque precisamente estos dos derechos son clave para enfrentar y erradicar los impactos diferenciados de la pandemia por la Covid-19. Ariadna Rosales Cabrera y Claudia Zuloaga Thomassiny* *Integrantes del Área de Litigio Estratégico del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria. Revisión de Gisel Mateos González
Ayotitlán: una potencial solución paradigmática
Editoriales | Blog «La dignidad en nuestras manos» del Plumaje de Animal Político Web original | Imagen : Web Por: Gisel Mateos González 06 de octubre de 2020 El pasado 22 de julio el Estado mexicano notificó su intención de explorar el procedimiento de solución amistosa para lograr un acuerdo entre las víctimas de la comunidad indígena de Ayotitlán (en adelante “comunidad”) y México. Y lo hizo a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “CIDH”) para dirigirse a los representantes de las víctimas de la comunidad indígena de Ayotitlán, a saber, la Red Jalisciense de Derechos Humanos, el Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria”, el Frente Regional Pro-Manantlán y Cuenca del Marabasco, y la Unión de Pueblos de Manantlán (en adelante “peticionarias”). El posible acuerdo que nazca de esta solución amistosa será paradigmático por dos razones: definirá los límites territoriales entre los estados de Jalisco y Colima, y reconfigurará el andamiaje jurídico interno de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas en nuestro país, conforme a los estándares nacionales e internacionales más altos de derechos humanos. Así, para comprender la complejidad de este caso, es necesario conocer al menos parte de su proceso de exigencia, porque, aunque la comunidad ha habitado las tierras y territorios desde tiempos ancestrales, el Estado mexicano no ha reconocido formalmente su adscripción como parte de los pueblos indígenas nahua y otomí, ni la posesión de sus tierras ni su libre determinación se hayan reconocido, y por ello tampoco la protección especial que les debe ser garantizada. La historia y posesión de las tierras de la comunidad ancestral indígena nahua data desde la época de la Colonia, en 1756. La Corona Española le otorgó una extensión de terrenos de 70 mil hectáreas, mediante Merced Real, ahora ubicadas en los estados de Colima y Jalisco, las cuales son ricas en recursos naturales y albergan el yacimiento de hierro más importante a nivel nacional. Ahora bien, la tenencia de la tierra se transformó a partir de 1917, y se creó la propiedad social como una reivindicación de los pueblos indígenas y el campesinado. Por ello, la población nahua solicitó que se reconocieran sus territorios, poseídos tradicionalmente bajo la figura de “bienes comunales”. Dada la carencia de la Merced, en vez de bienes comunales se crearon “tierras ejidales” a través de la publicación de un decreto presidencial. Así, el gobierno decidió crear tierras ejidales con el fin de evitar conflictos internos entre las personas ejidatarias y la comunidad indígena nahua que poseía las tierras. Es decir, la posesión de una parte de la comunidad indígena nahua no fue beneficiada por el decreto presidencial de dotación de tierras ejidales. Y pese a que siguieron poseyendo las tierras de facto, no tuvieron reconocimiento ni protección a la tenencia de su territorio. De esta forma la comunidad no fue beneficiada por la justicia social posrevolucionaria, ya que sus reclamos de tierra y reconocimiento fueron invisibilizados en el reparto agrario. Además, no se consultó de forma libre, previa e informada a la comunidad sobre las actividades no consentidas como decretar sus territorios como zona protegida, la operación de empresas mineras y el establecimiento de personas no originarias de la comunidad en sus tierras. Por si esto no fuera suficiente, existe un conflicto territorial entre Colima y Jalisco, lo cual les ha privado de su derecho de acceso a una jurisdicción, debido a que no pueden tener acceso a servicios básicos como agua potable y luz, ni tampoco seguridad ciudadana y justicia. Esto ha permitido la comisión de delitos del crimen organizado, las múltiples violaciones a derechos humanos por parte de autoridades de diferentes ámbitos y niveles de competencia, así como la explotación y desgaste de sus tierras por la extracción de hierro a cielo abierto, realizada impunemente por consorcios mineros. Todo esto ha tenido como resultado la precarización de la vida, el desplazamiento forzado y la falta de oportunidades a una vida digna de todos las personas de la comunidad. Han sido interpuestas numerosas denuncias ante las autoridades para dar a conocer esta grave situación, ya sea por delitos, violaciones a derechos humanos o daños ambientales, pero ninguna ha prosperado. Por ejemplo, pese a la Recomendación 122/1995, emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, donde se documentó este contexto de violencia sistemática y estructural contra la comunidad por parte de agentes estatales y particulares, los gobiernos de los estados de Colima y Jalisco no han cumplido totalmente la Recomendación. Por otro lado, desde 1995 hasta el día de hoy no han sido resueltas las controversias territoriales que fueron iniciadas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y están radicadas en el Senado. Esto orilló en 2008 a la comunidad a acercarse a las peticionarias con el fin de interponer una denuncia ante la CIDH sobre la violación sistemática a sus derechos, la cual no ha había sido atendida por las autoridades mexicanas. En este sentido, algunas personas de la comunidad han hecho públicos sus reclamos de justicia y verdad, por lo que han sido blanco de ataques. De hecho, el último tuvo lugar en la Conmemoración de la “Matanza de Timbillos”, con el objetivo de dar un mensaje claro, como hace 100 años: persuadir a la comunidad para que desista de su lucha por la verdad y justicia. Finalmente, celebramos la intención del Estado mexicano de buscar una solución amistosa ante la CIDH, pero a la vez lo llamamos a reparar integralmente las violaciones contra la comunidad indígena de Ayotitlán, reconociendo así su proceso de exigencia, y con ello siente un precedente que irradie el sistema jurídico mexicano para que éste respete y garantice el pleno goce y ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. * Gisel Mateos González es colaboradora del CDH Vitoria.