Garantía del derecho a la participación de la sociedad civil en el marco de las reuniones virtuales con motivo del COVID-19. Aportes desde la experiencia latinoamericana
Comunicados | Adhesiones del CDHVitoria | 📷 Imagen : UNHumanRights Ginebra 📅 30 de abril de 2020 Apreciadas Presidenta del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y Señora Alta Comisionada, En el marco de la crisis generada por el COVID 19 y las medidas para contenerlo, las organizaciones del grupo ONG-LAC y otras organizaciones que colaboramos con la misma agradecemos a la Alta Comisionada y al Consejo de Derechos Humanos por hacer todos los esfuerzos por asegurar el funcionamiento del Sistema de Derechos Humanos, incluyendo mediante mecanismos virtuales. Entendemos que el Consejo de Derechos Humanos y la Oficina de la Alta Comisionada estén explorando esta vía para continuar con su importante trabajo a pesar de las limitaciones existentes. Consideramos que uno de los potenciales beneficios de estos mecanismos sería una participación más amplia de sociedad civil desde distintos países que también son usuarios del Sistema. Sin embargo, desde nuestra experiencia como organizaciones trabajando en América Latina y el Caribe, quisiéramos señalar aspectos que ameritan cuidadosa consideración al respecto de los riesgos que conlleva la virtualización de los espacios internacionales de gobernanza. Compartimos recomendaciones concretas para garantizar que el CDH y la OACDH sigan operando en reuniones virtuales de acuerdo a su mandato, en particular garantizando la participación efectiva de la sociedad civil, y facilitando la participación de los sectores más afectados por las violaciones de derechos humanos en estos contextos y de las organizaciones que los apoyan. En el marco de esta discusión, reconocemos los insumos existentes por parte de organizaciones de sociedad civil, en particular dentro de la ‘encuesta sobre participación de sociedad civil en tiempos de COVID-19’ recopilada por ISHR y compartida con la presidencia del CDH. En muchas comunidades y regiones del mundo, incluyendo en América Latina y el Caribe, las personas no tienen acceso a Internet o tienen que desplazarse fuera de sus hogares para obtener dicho acceso, algo que no es posible en la situación actual de confinamiento. Igualmente, en muchos lugares la conexión no es estable o suficiente, por lo que puede permitir enviar o recibir emails, pero no hacer un seguimiento por tiempo prolongado de una reunión. Esto no solo limita la participación en la propia reunión, sino también la preparación previa entre las organizaciones con estatus ECOSOC y las organizaciones de base que éstas apoyan y para las cuales sirven como canal de comunicación. La accesibilidad de espacios y discusiones virtuales también puede verse obstaculizada por razones lingüísticas y de huso horario. Por otra parte, muchas organizaciones de sociedad civil operan en regiones o contextos opresivos, bajo la mirada vigilante de los Estados y otros agentes. Estas condiciones conllevan riesgos digitales importantes que pueden comprometer la seguridad de la información, de la comunicación, y por consecuente, de los miembros y organizaciones de sociedad civil involucrados. La ausencia e un pleno acceso a Internet amplifica exponencialmente esta vulnerabilidad. Será muy importante que se aclare cuáles son las normas de procedimiento del CDH y de la OACDH que regirán para deliberaciones virtuales, incluyendo el estatus de las decisiones y acuerdos que se tomen en estas sesiones. Entre otros aspectos también se deberían adoptar las siguientes medidas: • Fijación de plazos con suficiente antelación para la convocatoria de la reunión: Muchas personas no cuentan con los medios o el tiempo para un acceso diario a Internet por lo que las convocatorias de reuniones deben realizarse con suficiente antelación, tras consultar con grupos de sociedad civil, y contar en ese momento con la documentación necesaria de antecedentes. • Elección de la hora para las reuniones: Las personas estarán en distintas zonas horarias, por lo que será importante convocar las reuniones en horas que aseguren una participación representativa, garantizando la participación efectiva de sociedad civil de diferentes regiones del mundo. • Claridad y transparencia en el establecimiento previo de las normas que van a regir la reunión, dentro de un plazo razonable: cómo se registran las personas para participar; cuál es la política de protección de datos y privacidad que la plataforma digital usada aplica; cómo se deben identificar las personas en la plataforma digital; cómo se solicita el uso de la palabra y cómo se determina el orden del uso de la palabra; cual es el tiempo de palabra de cada interviniente, si se harán en paralelo comentarios o preguntas en el chat, y si estas contribuciones serán documentadas como parte de las deliberaciones; si se puede hacer uso de presentaciones o de video clips. De igual forma, señalar con suficiente antelación los requerimientos técnicos necesarios para poder participar en ella. • Traducción en español de documentación previa: La comunicación on-line ya dificulta la comprensión de los mensajes, por lo que creemos que es fundamental que los documentos de antecedentes o borradores sobre los que se vaya a discutir estén traducidos con la suficiente antelación para ser enviados junto a la convocatoria, lo antes posible. • Garantía de sesiones con interpretación simultánea: Explicar detalladamente en la convocatoria las instrucciones para acceder a ella en los distintos idiomas. En algunos casos y para algunos eventos se debería ponderar si hace más sentido organizar reuniones regionales. Esto para América Latina y el Caribe implicaría que la reunión fuera en español y habría más facilidad para lograr una hora pertinente. • Garantía de un mínimo de intervenciones para los distintos grupos de sociedad civil con un tiempo de palabra suficiente, garantizando así la inclusión de sus voces y sus mensajes en la reunión y la pluralidad de visiones. La reducción de las intervenciones de sociedad civil a algunas organizaciones que por lo general tienen una relación fuerte y consolidada con el Sistema, puede dejar excluidas voces divergentes, cuyas opiniones son importantes para asegurar el proceso democrático. • Contribuciones escritas: Por la limitación del tiempo de las sesiones, especialmente de aquellas de carácter informal, para las cuales no existe un sistema formal de contribuciones, es importante que las y los participantes puedan enviar de forma escrita sus aportaciones al tema, sin limitar sus aportes a lo compartido en
Superar la pandemia requiere de la atención primordial del derecho a una vivienda adecuada y del acceso al derecho al agua
Comunicados | Adhesiones del CDHVitoria | 📷 Imagen : Elementa 📅 01 de abril de 2020 Las organizaciones de la sociedad civil y personas que suscribimos este documento manifestamos nuestra preocupación por las recientes declaraciones del Gobernador de Yucatán, Mauricio Vila Dosal, en el sentido de hacer uso del aparato de justicia penal para castigar a las personas que no cumplan con las indicaciones de aislamiento en el marco de la pandemia de Covid-19. Si bien compartimos la necesidad de que toda la población cumpla a cabalidad con las medidas indicadas por la Secretaría de Salud, así como el carácter crucial que tendrá el grado de su atención, consideramos que la lógica punitiva no es una forma idónea de cumplir con el objetivo, así como tampoco es proporcional para el ejercicio de derechos humanos. (…) Leer comunicado completo (Página web de Elementa.co) ATENTAMENTE Organizaciones: Elementa DDHH, A.C. • Indignación- Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. • Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal, A.C.(UNASSE) • Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, A.C. • Intersecta, Organización para la Igualdad, A.C. • Colectivo por la Protección de todas las Familias en Yucatán • El Día Después • Mexicanos Haciendo Bola, A.C. • Equis, Justicia para las Mujeres, A.C. • RESILIENTXS • Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria O.P A.C. (CDHVitoria) • Antifaz • Creatura • Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer Elisa Martínez, A.C. • Red Mexicana de Trabajo Sexual. • UADY Sin Acoso • Repara Lumea contra la violencia de género, A.C. • Balance Promoción para el Desarrollo y Juventud, AC Personas: Carlos Luis Escoffié Duarte • Alex Orué • Enrique Gallegos Madrigal • Mara Rebollo Carrillo • Natalia Iliana López Medina • María de los Ángeles Cruz Rosel • Martha Capetillo Pasos • César H. Briceño Castro • Ixchel Cisneros Soltero • Milena Pafundi • María José Martínez Parente • Rodrigo Llanes Salazar • Adriana Muro Polo • Renata Demichelis Avila • Carlos Alberto Guzmán Mendoza • Hazyadeth Itzel Acero Martínez • Miguel Fernando Anguas Rosado • Mariana Constanza Pola Garcés • Alberto Filio Paez • Janet Medina Puy • Brittney López Hampton Coleman • Mariana Jasso Muñoz • Marion Reimers • Leonora Milán • Andres Torres Checka • Ana Cruz Manjarrez Téllez • Andrea Martínez de la Vega Maldonado • Alejandro Tejeida • Diana Pinto • Nora Robledo • Alejandrina Pinto Carrillo • Lisseth Flota Tamayo • Miriam Specka • Miguel Pulido • Elvira Madrid Romero • Jaime Alberto Montejo Bohorquez • María Fernanda Pinto Carrillo • Rosa Cruz Pech • Romel González Díaz • Ximena Gallegos Toussaint • Flor Aydeé Rodríguez Campos • Oriana López Uribe
Búsqueda de desaparecidos en Guanajuato
Editoriales | 📰 Columna semanal de Fr. Miguel Concha en La Jornada Web original | 📷 Imagen : Jorge M. Por: Miguel Concha Sábado 📅 18 de abril de 2020 Desde noviembre de 2019 el Congreso de Guanajuato comenzó una nueva etapa en la discusión de tres iniciativas de ley: la de personas desaparecidas, la de víctimas y la de declaración especial de ausencia. Desde entonces las familias de personas desaparecidas han hecho aportes sustantivos a la discusión. Como se señaló recientemente en un comunicado, el colectivo A tu encuentro, con más de 170 familias, ha elaborado, mediante parlamento abierto al que se involucraron otras familias, distintas fórmulas a discutir. El colectivo Justicia y Esperanza, de San Luis de la Paz, ha estado igualmente en la discusión, a través de una de sus voceras, Evelina Guzmán Castañeda, quien busca a su hermano Samuel y a otros 21 migrantes guanajuatenses desaparecidos en 2011. Grace Fernández, del colectivo BÚSCAME-Buscando desaparecidos México ha sido clave en la articulación con la Oficina en México de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos (ONUDH), la Cruz Roja Internacional y la Comisión Nacional de Búsqueda, quienes también se han sumado. Es importante destacar que la iniciativa cambió de ser Ley sobre Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Estatal de Búsqueda, a Ley para la Identificación y Búsqueda de Personas Desaparecidas en Guanajuato. Es una muestra de cómo se han ido incorporando las recomendaciones que ONUDH ha hecho y que, en calidad de acompañantes del proceso, los doctores Fabrizio Lorusso y Raymundo Sandoval han ayudado a traducir en el documento de trabajo: eliminar la categoría de persona no localizada, fortalecer el Consejo Ciudadano y mecanismos claros de coordinación, así como incorporar principios rectores, recuperar experiencias exitosas de legislaciones locales, crear registros adicionales, integrar el concepto de fosa clandestina, establecer responsabilidades de los municipios, medidas de protección integral y un fondo efectivo para la búsqueda de personas. Una de las propuestas planteadas es que, al igual que en la Ciudad de México y el estado de México, se elimine la categoría de persona no localizada. Esta idea fue originalmente propuesta por el equipo de la ONUDH y la maestra Edith López, quien elaboró una nota técnica para el Congreso de Guanajuato, sugiriendo su eliminación para evitar diferenciaciones innecesarias e iniciar con mayor estándar de protección una verdadera búsqueda inmediata. No todas las voces expertas están de acuerdo con esta decisión, que desde la discusión de la Ley General, iniciada en 2014, fue un tema muy debatido y que, dada su complejidad, tuvo como solución la creación de dos categorías: la de persona no localizada y la de persona desaparecida. Quienes consideran que no se debe eliminar, alegan que podría generar errores en el reporte entregado al Registro Nacional y que se pueden reportar casos de personas no localizadas como si fueran desaparecidas, generando un sobrerregistro. Sin embargo, las malas prácticas en el registro de casos ya suceden en Guanajuato, pues la fiscalía considera a casi todas las personas desaparecidas como simplemente no localizadas. Durante la discusión de la ley, la misma fiscalía señaló que sólo tenía 11 carpetas de personas desaparecidas, mientras que cálculos independientes, basados en datos oficiales, señalan más de 2 mil. Si bien ninguna postura es perfecta, y todas señalan la importancia del contexto local en la formulación legislativa y en la decisión de eliminar o mantener la categoría, se planteó en la mesa una propuesta de eliminación, siguiendo la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas. Para hacerlo, se deben establecer candados, para que tanto la investigación, como la búsqueda se hagan de acuerdo con el espíritu de esta eliminación; es decir: búsqueda inmediata e investigación, bajo la definición de persona desaparecida con presunción de delito. Un candado refiere al artículo 71 sobre los criterios mínimos para el registro de las personas localizadas: 1. Persona localizada que no fue víctima de ningún delito, ubicada antes o después de las primeras 72 horas; 2. Persona localizada víctima de un delito, materia de la Ley General; 3. Persona localizada, víctima de un delito diverso. El otro refiere al artículo 67, que señala la búsqueda y la comunicación con la fiscalía especializada de manera inmediata. Se ha propuesto también introducir la responsabilidad penal del servidor público o superior jerárquico directo de otros servidores públicos que sea conocedor de la conducta delictiva de sus subordinados u omiso ante ésta, para que sea sancionado según reglas de autoría y participación previstas en el Código Penal del Estado de Guanajuato. Aunque hay buena disposición del Congreso estatal para incluir estos cambios, no todos se han incorporado a los documen-tos de trabajo, por lo que existe la preocupación de que ciertas mejoras planteadas por las familias o por expertos no sean incorporadas en la ley. Exigimos que estas demandas se incluyan plenamente en ella.
Código Penal Nacional: grave retroceso en materia de derechos humanos
24 de febrero de 2020 Por: Ana Gómez y Gisel Mateos* A mediados de enero del presente año comenzaron a circular principalmente dos borradores de reforma en materia de justicia: el primero a nivel constitucional en diferentes ramas del derecho, y el segundo como un anteproyecto que sustituiría a los actuales Código Penal Federal y códigos penales de las entidades federativas por un solo Código Penal Nacional. Sin embargo, si estos borradores fueran presentados al Legislativo tal como han circulado hasta el momento, representarían un grave retroceso en materia de derechos humanos, sobre todo en lo que corresponde a dos reformas: la reforma penal de 2008, la cual estableció el cambio del Sistema Penal Inquisitivo al Sistema Penal Acusatorio, cuya característica principal es su garantismo y apego a estándares internacionales, mismo que fue robustecido por la reforma de 2011 en materia de derechos humanos. Ahora bien, ¿por qué son tan relevantes las reformas de 2008 y 2011? Primero, porque la reforma de 2008 creó el sistema de justicia penal acusatorio y oral, además de que integró los principios rectores del mismo: publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Todo esto representó un giro de 360 grados en la dinámica jurídica, porque, entre otras razones, privilegió la presunción de inocencia, adquirieron un carácter público las actuaciones de las autoridades, y hubo mayores estándares de control para regular la legalidad de las actuaciones del Ministerio Público a través de la creación de juezas y jueces especializados en diferentes etapas procesales. Gracias a esto se pudo supervisar que todas las autoridades y actores que tuvieran contacto o participaran en cualquier proceso de investigación, enjuiciamiento e internamiento de cualquier persona, no violaran derechos humanos, con lo que se dio paso a la búsqueda de una verdad “material”, y no únicamente “procesal”, la cual costó la vida y dignidad de muchas personas inocentes por más de 90 años. Una segunda razón es que mediante la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, se incorporaron los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano en nuestro sistema jurídico, estableciendo con ello una serie de deberes y obligaciones generales al Estado en torno a la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos, así como para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de los mismos, por mencionar algunos ejemplos. Lo anterior significa que todas las autoridades, en sus diferentes ámbitos y niveles de competencia, están obligadas a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas que habitan y/o transitan por el país, así como a realizar, en medio de las limitaciones y restricciones previstas en la misma Constitución mexicana, los análisis necesarios para conocer si las normas y actos de autoridad sean conformes a tratados internacionales de derechos humanos y estándares de organismos internacionales, con lo cual, además, se pretende beneficiar en mayor medida a las personas involucradas en cualquier proceso judicial. De este modo, si bien es cierto que una de las justificaciones para proponer esta iniciativa de ley (que entre otras tantas cosas elimina las figuras de control de legalidad) es el hecho de que el Sistema Penal Acusatorio no sólo no ha garantizado los derechos de las víctimas y sobrevivientes, sino que además ha creado una “puerta giratoria” que genera mayor impunidad, ya que impide probar la responsabilidad de las personas en hechos delictivos bajo el argumento de la no aceptación de pruebas ilícitas, este argumento es altamente debatible, debido a que una de las fallas más recurrentes que obstaculizan la judicialización de los casos son los vicios que el propio Ministerio Público tiene para investigar, porque emplea la tortura y malos tratos para conseguir pruebas. Por ello, antes de siquiera pensar en la sola idea de un Código Penal Nacional, primero se deben fortalecer la reforma penal de 2008 y la reforma de 2011 en materia de derechos humanos, para, por lo menos, realizar tres tareas fundamentales: garantizar a las miles de víctimas y sobrevivientes en el país el acceso a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, enfrentando y erradicando prácticas que fomentan la fabricación de culpables; superar los niveles de impunidad, fortaleciendo las capacidades materiales y humanas en el ámbito de la investigación de los órganos que procuran y administran justicia en el país; crear herramientas pedagógicas en materia jurídica que sean útiles y estén enfocadas al proceso del que las víctimas y sobrevivientes son parte de forma activa, y así garantizar la legalidad del proceso, para que no sean ellas quienes tengan la carga de probar la responsabilidad de las personas acusadas. De llevarse a la realidad esta posible iniciativa de ley sobre el Código Penal Nacional estaríamos caminando en una especie de Laberinto de Creta, diseñado para la coexistencia de tres sistemas penales diferentes, lo que habrá propiciado impactos negativos en los procesos de verdad, justicia, reparación y no repetición de las víctimas y sobrevivientes. Por ello resulta necesario reconocer primero que si el Sistema Penal Acusatorio no ha funcionado correctamente, se debe al colapso de las instituciones responsables, por lo que no se debe capitalizar la necesidad de verdad y justicia de las víctimas y sobrevivientes ante la crisis de derechos humanos para legitimar una reforma punitivista y regresiva en materia de derechos humanos. *Ana Gómez y Gisel Mateos son colaboradoras del @CDHVitoria. Consultar artículo en Animal Político. Imagen destacada: Protoplasma K
Internet es un derecho y está en riesgo
19 de febrero de 2020 Por: Cooperativa Tierra Común (@tierra_comun) y CDHVitoria El internet es una herramienta primordial para el desarrollo de la sociedad actual. No importa a qué te dediques o la naturaleza de tu proyecto, seguramente usas internet. Comercio, educación, comunicación, construcción, finanzas, entretenimiento, defensa de los derechos humanos, entre otros. Debido a que gran parte de la población lo utiliza en sus actividades cotidianas se ha vuelto un medio para ejercer nuestros derechos humanos. ¿Puedes imaginar un lugar en el cuál no tengas capacidad de participar o decidir libremente? Es por esto que tenemos que hablar de salvar internet y por lo tanto, de defender nuestros derechos. Internet es un espacio tanto de oportunidades como de riesgos para las personas y sus derechos, por los múltiples actores que participan, por sus agendas e intereses, pero también porque las personas lo han vuelto parte de su vida y han encontrado en este espacio diversas maneras para informarse, participar, visibilizar y denunciar activamente. Por lo que es necesario protegerlas, brindar toda la información necesaria para mantener su seguridad y confianza en la herramienta, y además defender el ejercicio de sus derechos humanos. ¿Pero a qué nos referimos con derechos humanos en internet? En primer lugar debemos entender que todas las personas tendríamos que tener la misma oportunidad para acceder y utilizar esta herramienta, así como, para manejarla libremente dependiendo de nuestros intereses y actividades. En segundo lugar, muchos de los derechos que todas las personas tendríamos que poder ejercer cotidianamente como la libertad de expresión, la protección de nuestra identidad, nuestra privacidad, la educación, el tener espacios libres de violencia también están reflejados en internet y los vivimos y ejercemos diariamente. No obstante, estos derechos también se pueden ver afectados y violentados por distintos actores, por el simple hecho de que sus intereses no están enfocados en el bienestar de las personas. ¿Y cómo se puede dar esta situación? Desde Estados que regulan fuertemente el acceso y los contenidos en línea, por la censura o casos de espionaje dirigidos por autoridades y empresas, e inclusive por realizar avances tecnológicos que no consideran la diversidad de realidades e identidades de las personas y que dificultan su uso e inclusive pueden llegar a ser discriminatorias. ¿Pero qué está pasando en México y por qué consideramos que nuestros derechos humanos en internet pueden verse violentados? El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está presentando una iniciativa de Reglamento a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) que pone en riesgo la neutralidad de la red. Entendemos como Neutralidad de la red a este principio de equidad, donde no importa si eres una empresa gigantesca o un estudiante escribiendo un blog, tú página se debe consultar con la misma velocidad que la de cualquier otra persona. Este principio actualmente se ha transgredido por falta de una legislación adecuada y también porque las autoridades no cuentan con la capacidad técnica para revisar y sancionar a las compañías proveedoras de internet. ¿Cuál sería un ejemplo de vulneración a la neutralidad del internet? Cuando contratas un plan de telefonía móvil y hay páginas o aplicaciones que puedes visitar “libremente” o sin costo, mientras que cualquier otra usará los datos que hayas contratado. Esto actualmente pasa y podría empeorar. En 2014 se realizó una reforma a la LFT en la que si bien se estableció que todas las empresas deberían respetar la neutralidad de la red, no se redactaron ni aprobaron las reglas específicas de esta ley. Una ley sin reglamento está muerta, y así estuvo la LFT hasta ahora, pues tras 5 años de retraso el IFT ha presentado su iniciativa de Reglamento. Esta propuesta de Reglamento, sin embargo, abre el paso a que las grandes empresas proveedoras de internet vulneren la neutralidad de la red, estableciendo la posibilidad de que manejen tarifas discrecionales para que unas páginas puedan ser más rápidas que otras. ¿Y si no tenemos dinero para pagar?, ¿y si no queremos? Esto no está resuelto en la actual propuesta de Reglamento. Debemos entender que cuando pagamos por el servicio de internet, lo hacemos justamente por el acceso a toda la red, no a páginas específicas. ¿Qué pasa si una empresa de noticias acepta y paga una tarifa diferenciada de internet para que se pueda entrar más rápido?, ¿qué pasará con las que no pueden pagar como microempresas, medios de comunicación locales, artistas, etc? La actual propuesta es confusa y carece de las protecciones mínimas a la privacidad de las personas y al ejercicio de sus derechos, pues para poder saber qué páginas deben abrir más rápido, podrán monitorear cotidianamente el tráfico de internet, tus actividades cotidianas en línea, vulnerando directamente tu derecho a acceder a la red y tu privacidad. En resumen, si tu página no paga, será lenta, independientemente de los megas de tu servicio de internet, si pagas, pues tu sitio será más rápido. Por todo el mundo han ocurrido este tipo de intentos de las empresas proveedoras de internet para aumentar sus ganancias y establecer monopolios en internet. A veces les han funcionado y a veces no. Hoy el riesgo está sobre nuestro país y sobre el ejercicio de nuestros derechos humanos en internet. El IFT abrió un breve periodo de consulta que termina el próximo 6 de marzo. En este periodo recibirá opiniones, contrapropuestas y críticas a su iniciativa de reglamento. Diversas organizaciones de la sociedad civil están impulsando la campaña #Salvemosinternet en la cual explican los riesgos y posibles amenazas a la neutralidad de la red y nuestras libertades. Es momento de participar, informarse y defender nuestros derechos humanos en internet, recordar los principios de promoción, protección y disfrute del internet que obligan a los Estados a proteger estos derechos, reconocer su naturaleza mundial y abierta, y garantizar su libre acceso y nuestros derechos, ¡salvemos la neutralidad de la red! *Este texto fue escrito en colaboración con la Cooperativa Tierra Común (@tierra_comun), que facilita procesos de capacitación para la reapropiación tecnológica y el uso de software libre. La organización forma parte
Iniciativa legal ciudadana por el agua
Sábado 15 de febrero de 2020 Miguel Concha Siete años después del límite constitucional para contar con una Ley General de Aguas centrada en los derechos humanos, la semana pasada la energía ciudadana y de los pueblos desbordó el Congreso de la Unión, al presentar una iniciativa ciudadana para el nuevo marco legal. Su propuesta cumple cabalmente con la reforma al artículo 4 de la Constitución de febrero 2012, que mandata una ley que siente las bases para el acceso equitativo y sustentable al agua, a través de la participación de la ciudadanía, respetando la autodeterminación de los pueblos. Está naciendo una nueva etapa en la gestión del preciado líquido en México. La actual Ley de Aguas Nacionales, de 1992, buscó sujetar los bienes de la nación a las fuerzas del mercado, en el contexto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Estableció la Comisión Nacional del Agua (Conagua) como autoridad del líquido, sin contrapesos, vulnerable a los incentivos y presiones de los intereses. Desde entonces esta institución ha repartido más de 537 mil concesiones de aguas nacionales. Objetos de compraventa, en violación de vedas, disponibilidades y derechos de los pueblos. Enfrentamos ahora el saldo de esta política fallida: 70 por ciento de nuestras aguas concesionadas están en manos de 2 por ciento de los titulares, incluyendo 77 mil concesiones otorgadas a terceros en territorios indígenas, sin consultar ni informar a los afectados. El presupuesto federal asigna sólo 4 mil millones para obras locales de agua y saneamiento, mientras gastamos 70 mil millones anuales en agua embotellada y 34 millones de mexicanos reciben agua en sus hogares sólo tres veces por semana, en ocasiones menos. Además, 60 por ciento de nuestros cuerpos de agua están contaminados. La iniciativa ciudadana propone remplazar el actual ejercicio arbitrario de la autoridad con planes rectores aprobados en consejos mayoritariamente compuestos por representantes de asambleas de pueblos originarios, afectados/as hídricoambientales, investigadores, sistemas comunitarios, juntas municipales, agricultores para la autosuficiencia alimentaria, defensores de derechos humanos y ambientales y empresas sustentables. Los funcionarios de los tres órdenes de gobierno se convertirían en “ejecutores“ de los planes y decisiones de los consejos, bajo la vigilancia de la Contraloría Social del Agua. Se reconocería el derecho de los pueblos a administrar el líquido en sus territorios y los sistemas comunitarios autogestionados contarían con personalidad jurídica y serían reconocidos como sujetos colectivos de derecho público. La iniciativa ciudadana no sólo prevé instancias democratizadas, además propone los instrumentos requeridos. Cualquier obra o proyecto que pudiera vulnerar el derecho humano o de los pueblos al agua requeriría de un dictamen de impacto sociohídrico favorable, que tendría que demostrar que este derecho básico no sería violado y que la población potencialmente afectada haya dado su consentimiento previo, libre e informado, en cumplimiento de la observación 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. No se permitiría la compraventa de concesiones y se disolverían los bancos del agua. Para poner fin a la sobrexplotación, el acaparamiento, la contaminación y la impunidad, los consejos regionales se enfocarían en los grandes concesionarios, esto es los que se beneficien con volúmenes mayores a mil millones de litros anuales. Estas concesiones serían bianuales (actualmente son hasta por 30 años) y su renovación sería automática, con ajustes por disponibilidad, y siempre que el titular compruebe que haya cumplido con sus obligaciones de medición, pago de derechos y la eliminación progresiva de contaminantes en sus descargas. Una defensoría del agua contaría con recursos públicos y abogados especializados para interponer litigios estratégicos y hacer que los grandes concesionarios violadores de la normatividad cubran el costo de la restauración a las comunidades y ecosistemas que hayan dañado. Lograr esta ley será una lucha en sí: los intereses han compenetrado la legislatura, y los principales cargos en Conagua están ocupados por funcionarios coludidos desde los tiempos de Calderón y Peña Nieto, salvo la directora general, quien intenta mantener la ley actual hasta 2023. Mientras tanto, miles de luchas por el agua en todo el país se están articulando para lograr una ley general que potencie sus esfuerzos en favor de la vida y frene los abusos de poder. A través de acuerdos de asamblea para proteger los territorios de la minería tóxica y el fracking; de acciones para revertir el derroche de recursos públicos en megaobras cuestionables; la elección de gobiernos locales mandatados para desprivatizar los servicios municipales; la oposición a cerveceras en zonas de estrés hídrico; de acciones de presión desde las vastas zonas populares que se han quedado en secas; la formación de comités de microcuenca; la elaboración de planes hídricos y las luchas por democratizar los distritos de riego, el proceso de construcción del buen gobierno del agua no se detendrá. Consultar artículo en La Jornada. Imagen destacada : Internet
Corrupción y derechos humanos
Sábado 01 de febrero de 2020 Miguel Concha Nuevamente estamos atestiguando acusaciones por presuntos actos de corrupción contra funcionarias y funcionarios que ocupan u ocuparon cargos públicos en el gobierno mexicano, algunos de alto nivel. Y, por lo que parece, no dejaremos de hacerlo. De ahí que, desde la perspectiva de los derechos humanos, el análisis acerca del fenómeno de la corrupción y la búsqueda de soluciones son tareas, digámoslo así, de carácter permanente y obligatorio. A este respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH o Comisión), organismo que promueve y defiende los derechos humanos en el continente americano, recientemente publicó un informe temático titulado Corrupción y derechos humanos: Estándares interamericanos. En términos generales, la Comisión analiza en el informe los avances y desafíos en torno a la corrupción, y propone iniciativas regionales, nacionales y locales que articulen estrategias efectivas para enfrentarla y erradicarla. En este mismo espacio hemos señalado en otras ocasiones que la corrupción, vista desde el prisma de la complejidad, es uno de los grandes problemas estructurales de nuestro país, el cual afecta la vida, la dignidad y los derechos humanos de personas y colectivos. Igualmente, la corrupción es un fenómeno sistémico y sistemático, lo que implica que un acto corrupto puede convertirse en una espiral de magnitudes indeseables que deviene, como en un cáncer, en una metástasis que invade y perjudica otros órganos vitales mediante distintos sistemas, como el circulatorio. Considerando lo anterior, y retomando la resolución 1/18 sobre Corrupción y Derechos Humanos realizada por la Comisión, digamos que la corrupción, en tanto fenómeno complejo, genera numerosos impactos negativos. Por ejemplo, sobre la democracia, el Estado de derecho y la libertad de prensa. Ello no obstante, nuestro objeto de reflexión afecta sobre todo integralmente los derechos humanos; es decir, los derechos políticos, civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales. De este modo, la corrupción agrede sobre todo a los grupos que histórica y estructuralmente, y por diferentes causas, se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad, discriminación u opresión. Los que, en palabras del jurista argentino Roberto Saba han sufrido tratos desiguales y sostenidos, provocando su sometimiento, marginación, exclusión y segregación. En nuestro país entre ellos se encuentran las niñas y los niños, las juventudes, las mujeres, los pueblos y comunidades indígenas y las personas LGBTI, que habitan o transitan por el territorio mexicano, por mencionar algunos. Por tanto, un acto corrupto perjudica directa o indirectamente, y de manera proporcional, el goce y ejercicio de los derechos humanos de personas y grupos, debido al abuso o desviación del poder público o privado. Lo cual, en consonancia con la CIDH, es perpetrado por actores que establecen estructuras que capturan instituciones mediante diversos esquemas criminales. Unos de ellos, los sobornos o prebendas indebidas solicitadas por funcionarias y funcionarios a cambio de servicios públicos. Esto, además del especial debilitamiento de las instituciones responsables de impartir justicia, provoca necesariamente el desplazamiento de intereses públicos o generales, como es el caso de la seguridad, la educación o la salud, los cuales son indebidamente sustituidos por beneficios privados personales o de terceros. Aparte del valioso análisis sobre los efectos de la corrupción, el informe de la Comisión también advierte sobre quiénes son las personas y los grupos que, en función de su rol en la lucha contra ella, merecen una atención especializada. Así, la CIDH identifica principalmente a los defensores y defensoras de derechos humanos, los y las luchadoras medioambientalistas, las y los periodistas, ciertos funcionarios y funcionarias, testigos y denunciantes, frente a quienes el Estado, en nuestro caso el mexicano, tiene la especial obligación de protegerles de cara a las posibles violaciones graves a derechos humanos que pudieran sufrir, y a los riesgos a que están expuestos. Finalmente, si el Gobierno mexicano pretende erradicar la corrupción, tal como lo establece en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, es absolutamente necesario que adopte políticas públicas con enfoque de derechos humanos, y que implemente estrategias de lucha anticorrupción, donde efectivamente se incluya a periodistas, académicos, organizaciones de la sociedad civil, defensoras y defensoras de derechos humanos, iniciativa privada y a la sociedad en general. Resulta igualmente fundamental que considere los análisis en la materia elaborados por organismos internacionales como la CIDH, y ponga en marcha acciones que la Comisión, en el contexto de su mandato y atribuciones, puede llevar a cabo, mediante mecanismos, como el monitoreo, las medidas cautelares, el conocimiento de peticiones, la cooperación técnica y la tramitación de casos individuales. Consultar artículo en La Jornada. Imagen destacada : DW
Ética y sociedad tecnológica
Sábado 11 de enero de 2020 Miguel Concha El resurgimiento de la filosofía práctica en la década de los sesenta del siglo pasado experimentó en su interior una gran diversidad de discusiones. Una de las tensiones de este pensamiento ha sido la relación entre ética y política. Hasta la década de 1980 los desarrollos teóricos de la filosofía política y la praxis concreta de la política se detuvieron ante la perplejidad de un mundo globalizado, en el que el Estado de bienestar parecía haber fracasado. En el que las estructuras económicas parecía que habían superado por mucho a otras estructuras sociales, y principalmente las del propio Estado. Los derechos laborales, producto de largas luchas sindicales, y los derechos del campesinado son efectivamente violados por un sistema económico en el que la ponderación se encuentra en la reproducción del capital. La sobrexplotación de los recursos naturales no renovables ha conducido también a cifras alarmantes de contaminación y degradación del ambiente. La violación de derechos humanos, tanto de individuos, como de comunidades, en pro de los procesos económicos y políticos, nos ha llevado a una situación en la que el desencanto, la apatía y la inactividad política son muestra de la decadencia de la vida humana. Esto es parte del contexto en el que hablar de ética y política se hace todavía más urgente. Y por ello, con el título Ética y modernidad en la era de la tecnociencia, publicado bajo el sello editorial Orfilia, Francisco Piñón nos ofrece un libro, en el que se propone un análisis filosófico de la situación política de nuestro mundo actual. En él recupera pensamientos, reflexiones y análisis vertidos a lo largo de su obra, pero enmarcados y dirigidos por la unidad temática de la tecnociencia, como estructura del mundo moderno. El texto busca recuperar a la ética como una manera de vivir el mundo, distinguiéndola de la descripción científica del mundo. Así, según él, el sentido de la vida humana sólo puede tener como horizonte la racionalidad práctica. En otras palabras, la vida humana sólo puede ser una vida moral. Sin embargo, la ética que postula Piñón se aleja del individualismo o del mero normativismo moderno. Es una ética de la otredad, en la que se tiene en perspectiva a los otros, en un orden concreto, histórico y social. Como es su costumbre, nuestro autor se sirve también del pensamiento griego antiguo para fundamentar su reflexión ética con elementos como la virtud, la prudencia y la racionalidad, con el fin de mostrar que la acción moral puede y debe contemplar la real e integral situación del hombre. Una vez situado en esta perspectiva, Piñón inicia una ardua crítica del mundo globalizado. El proyecto humanista y cosmopolita de la modernidad ha realizado el ideal de los derechos humanos, así como la posibilidad que tienen los pueblos de adoptar un lenguaje comunitario y asumir la tierra como nuestra. Sin embargo, la otra cara de la modernidad, el individualismo, ha servido como base del fetichismo denunciado por Carlos Marx. La lógica del capital continúa con la desintegración de las comunidades y el extravío de la humanidad. Ya no son sólo los trabajadores pobres los afectados por esa dinámica. Los excluidos del sistema son también mujeres y niños; campesinos y pueblos originarios cuya situación se hace mucho más miserable por las condiciones de la economía global. Como se ha podido constatar en muchas partes, la liberación del mercado se sustenta en la idea del egoísmo. Así, la política económica internacional consiste más bien en la imposición de barreras que impiden el desarrollo de los países más pobres y el subsidio a los grandes grupos del poder económico. Como lo señala el autor: el poder de las corporaciones lo avasalla todo. Nos encontramos, pues, ante las contradicciones de la modernidad. Por una parte, los humanismos que sostuvieron los ideales de la igualdad y la fraternidad; por la otra una ilustración que tuvo como base la racional-irracionalidad de la tecnociencia. La tesis central del libro de Francisco Piñón es que la modernidad se encuentra en crisis, sus contradicciones parecen insalvables y el horizonte es de penumbra. La apatía, la indiferencia y el conformismo sólo son una más de las tantas expresiones de la situación del mundo actual. Sin embargo, la injusticia y la miseria social son ya insostenibles. Asumir el mundo como nuestro implica actuar. Nuestro autor propone el proyecto de construir una comunidad política y económica fundamentada en un nuevo humanismo: el del comunitarismo ético, surgido desde la complejidad histórica de América Latina, pues han sido los pueblos latinoamericanos los que han preservado lo mejor del antiguo humanismo europeo, y éste se ha actualizado con la eticidad de los pueblos originarios. Si bien nuestros pueblos han estado también a merced del nuevo poder económico global, la experiencia de oponernos a él nos ha hecho crear nuevas formas de organización social. Como lo sostiene Piñón, es la hora 25, la hora de la acción. Consultar artículo en La Jornada. Imagen destacada : Marcelo Hernández
Trigésimo aniversario de Ednica
Sábado 18 de enero de 2020 Miguel Concha La coyuntura del último año nos ha involucrado en una reflexión sobre el papel de la sociedad civil en México. La discusión ha sido seria, fecunda y apasionada. En otros de mis textos me he referido conceptual e históricamente a la importancia de la sociedad civil para promover avances en los derechos humanos, exigir rendición de cuentas, forjar agendas e identificar problemáticas sociales nuevas o con la finalidad de proponer y fortalecer políticas públicas, y al mismo tiempo trabajar en campo con las personas y grupos más excluidos, mantener presencia en áreas en las que el Estado no tiene una acción efectiva. No me explayaré en ello porque lo he abordado de forma constante y la literatura es amplia. No obstante, esto me abre la puerta para presentar el trabajo de Ednica IAP (Ednica), una organización de la sociedad civil en la Ciudad de México, que el 12 de enero cumplió 30 años de labores en la promoción y defensa de los derechos humanos de personas en situación de calle. Como contexto, recuerdo que en su ar-tículo 11 la Constitución local reconoce que las personas en situación de calle son un grupo de atención prioritaria. Y, asimismo, que en la Ciudad de México hay poco más de 6 mil personas que viven, vale decir mejor, sobreviven en espacios públicos. Existen también miles de niñas y niños que sólo van a las calles a trabajar, pe-ro que no viven en ellas. En este caso se trata de niñas y niños que, casi siempre en compañía de sus familias, cuidan coches, venden algunas baratijas, recogen basura, atienden puestos o cuando son muy pequeños, acompañan a sus madres, quienes han encontrado en las calles la oportunidad de desempeñar alguna actividad económica. En el informe anual que la organización dio a conocer el pasado 15 de enero con ocasión de su 30 aniversario –y que puede ser consultado en www.ednica.org.mx/ conoce-mas/informes– se da cuenta de diversas cuestiones estratégicas: cómo se gestionan recursos para operar y quiénes son los aliados que aportan a la institución; las vicisitudes de 70 jóvenes, niños y niñas que son parte del proceso que les permite acceder a un espacio rentado para reiniciar su vida fuera de la calle; 128 niñas, niños y adolescentes que realizaban alguna actividad económica en calle y que ahora, siendo parte de Ednica, van a la escuela, desde prescolar hasta bachillerato. También acerca de la presencia institucional en espacios de participación ciudadana y defensa de derechos. Destaco también que en la presentación del informe de este año participaron en la conducción de la ceremonia con un rol protagónico dos mujeres jóvenes (Xochitl y María Isabel), así como dos niñas (Lesli y Cesia) y un niño (Pablo) que trabajaban en la calle. Cada quien compartió algunas palabras sobre lo que les ha implicado ya no trabajar en las calles, y qué cambios han experimentado en sus vidas. Cesía, de 10 años, dice que los alrededores del que era su lugar de trabajo son ruidosos, sucios y que no se siente segura; se refiere a las inmediaciones de un paradero del Metro, donde su madre vende tacos. Si Cesia sigue en Ednica cinco o seis años más, quizá sea la primera mujer de su familia que concluya la secundaría, ingrese al bachillerato y tenga el impulso para acceder a un trabajo que le dé mayores oportunidades, logrando con ello una vida menos adversa. En el informe pueden encontrarse más testimonios de niñas y niños que hablan sobre los cambios que han realizado en sus familias, en sus trayectorias escolares y en sus planes de vida. Contradictoriamente, el mismo 15 de enero, ya entrada la noche, un joven que vivía en la calle falleció en alguna zona aledaña al Centro Histórico. Este joven, sin familia, con más de 15 años de vivir en las calles, murió a consecuencia de daños asociados a su adicción a los solventes. Al personal de Ednica le correspondió intervenir, como acontece en casos similares, pues algunas vecinas informaron a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana que en Ednica tenían datos del chavo. Por lo que el personal se trasladó a la esquina donde se encontró el cuerpo y constató su identidad. Acto seguido cumplieron con los trámites para recuperar el cuerpo y el joven pudiese ser sepultado dignamente. En México y en nuestra capital en concreto, existen organizaciones de la sociedad civil que tienen mucha historia, que hacen un trabajo que no está haciendo el Estado, y que en su mayoría son transparentes, con una rigurosa administración de recursos. Organizaciones con gran legitimidad en las comunidades en las que trabajan, y que desde una lógica ciudadana y de derechos humanos impulsan la vida digna y la autonomía de personas excluidas. Por ello tenemos que mantener la exigencia de que el Estado vea a las organizaciones de la sociedad como aliados, no como competidores. Felicidades a Ednica por sus 30 años. Como dicen: nadie debería vivir, ni trabajar ni morir en las calles. Consultar artículo en La Jornada. Imagen destacada : CDHVitoria
Responsabilidad del Poder Judicial federal
Sábado 04 de enero de 2020 Miguel Concha Homún es un pueblo maya del estado de Yucatán, con características que lo hacen privilegiado por albergar en su territorio áreas naturales protegidas. Entre ellas, las denominadas Reserva Estatal Geohidrológica Anillo de los Cenotes y Parque Estatal Lagunas de Yalahau, certificadas como sitios fundamentales por el Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional. Una de las actividades económicas más importantes de la zona es la turística, de la cual se beneficia un amplio porcentaje de la población. A pesar de ser una de las principales reservas de agua de la península de Yucatán, en 2017 diversas autoridades, entre ellas el presidente municipal de Homún, la Secretaría de Medio Ambiente de Yucatán y la Comisión Nacional del Agua, otorgaron permisos para la construcción y operación de una mega granja porcícola que albergaría aproximadamente 49 mil cerdos, propiedad de Producción Alimentaria y Porcícola (Papo), poniendo en riesgo un elemento trascendental como lo es el agua. Dicha granja comenzó a operar en septiembre de 2018, no obstante la oposición de la comunidad de Homún. Ante esto, y como parte de los diversos recursos jurídicos, que integrantes de la comunidad presentaron, un colectivo de niñas y niños indígenas mayas promovieron un amparo indirecto (1128/2018) en el juzgado cuarto de distrito del décimo cuarto circuito de Mérida. En él, la jueza Miriam Cámara Patrón determinó conceder la suspensión definitiva, con lo que se ordenó el cese de las operaciones de la granja, hasta que se resolviera el amparo. Frente a dicha determinación, Papo ha intentado por todos los medios reanudar su actividad, desde la presentación de múltiples recursos en contra de la determinación dictada por la jueza, hasta la violación a la suspensión. Ninguno ha prosperado. Ante ello, la empresa recurre ahora a una nueva estrategia de litigio, una chicanada, consistente en nombrar un nuevo representante legal, Pedro Carbajal Jiménez, quien fungía como abogado de la jueza del juzgado cuarto en un asunto que se ventila ante el Consejo de la Judicatura Federal. Este acto obligó a la jueza, quien se había mantenido firme frente a los intentos de levantar la suspensión, a declararse impedida para continuar conociendo y mantener el amparo. Frente al impedimento de la jueza, el juicio fue turnado al juez segundo de distrito de Yucatán, quien en otros casos presentados por personas de Homún se ha mostrado parcial en favor de la empresa porcícola. Al turnarse el asunto a un favorable a los intereses de la granja, una de las principales preocupaciones de la comunidad es que Papo vuelva a plantear el Incidente de Modificación de la suspensión, y que, con el nuevo juez, éste resulte favorable. Lo anterior significaría no sólo el levantamiento de la suspensión, con la consecuente reanudación en la operación de la granja, sino que podrían quedar sin efecto los Incidentes de Suspensión 1/2019, bajo la ponencia de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, y la solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 647/201, bajo la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, mismos que resolverán sobre los recursos de revisión interpuestos por Papo, de la cual la comunidad de Homún solicitó que fueran atraídos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y donde se abordarán temas de gran trascendencia, no sólo para este caso, sino para muchos otros, donde estén en juego los derechos humanos ambientales. La importancia y trascendencia que reviste el caso quedó en concreto determinada en la solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 116/2019, en la que la primera sala estimó que el presente caso representa una oportunidad para desarrollar diversos parámetros en torno a las medidas cautelares o suspensionales en materia del derecho a un medio ambiente sano. De igual forma, se estableció que “el desarrollo jurisprudencial de este alto tribunal en relación con el derecho a un medio ambiente sano resulta aún incipiente –por lo que– es necesario realizar un pronunciamiento que guíe el actuar de jueces y juezas al momento de resolver sobre las suspensiones solicitadas, tomando en cuenta el desarrollo internacional que existe sobre el tema”. Finalmente, otro de los asuntos que este alto tribunal podrá determinar al momento de resolver la revisión en Incidente de Suspensión 1/2019, bajo la ponencia de la ministra Piña Hernández, es sobre los principios de prevención y precaución. Sobre estos dos principios “… debe determinarse cómo operan en la materia de la suspensión, pues existe debate sobre los elementos a tomar en cuenta para determinar su aplicación”. Es indispensable que el Consejo de la Judicatura y la SCJN vigilen el actuar de los jueces y magistrados que tienen bajo su conocimiento los juicios del caso de Homún, para garantizar la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, garante de los derechos fundamentales en el país. Consultar artículo en La Jornada. Imagen destacada : Internet